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¿Me puede despedir mi empleador si falto al trabajo debido a COVID-19? ¿Tengo algún derecho civil que me proteja de discriminación o acoso?
El 20 de marzo de 2020, el Gobernador Murphy firmó una ley que prohibía a un empleador despedir o penalizar a un empleado que solicitase o tomase un permiso con motivo de una determinación por parte de un profesional médico de que este empleado tenía, o es posible que tuviese, COVID-19.
La ley ha vencido y solo es aplicable a acciones tomadas durante la emergencia de salud pública, desde el 20 de marzo de 2020 hasta el 4 de junio de 2021. Aprenda más aquí.
Puede informar de una posible infracción de esta ley a través de la División de Cumplimiento de Salarios y Horas del Departamento de Trabajo de NJ en inglés o en español.
Si usted no puede trabajar en este momento debido al COVID-19 o debe cuidar de un ser querido o un niño, usted puede usar su licencia pagada por enfermedad.
Los empleadores en NJ de cualquier tamaño deben proporcionar a los empleados a tiempo completo, tiempo parcial y temporales con hasta 40 horas de licencia pagada por enfermedad por año para que puedan cuidarse a sí mismo a un ser querido, incluyendo para realizarse pruebas de detección, por enfermedad, por cuarentena, o por vacunación contra COVID-19.
Además, dependiendo de su situación, puede que usted cumpla los requisitos necesarios para solicitar Seguro por Incapacidad Temporal o de Compensación de Trabajadores. Para aprender más, consulte la página de Beneficios y Protecciones del trabajador frente a COVID-19 del Departamento de Trabajo de NJ.
Protecciones de derechos civiles
Según la Ley contra la Discriminación (LAD por sus siglas en inglés,) de Nueva Jersey, está protegido contra la discriminación y el acoso por motivos de raza, origen nacional, religión, discapacidad y otras características protegidas en el empleo, la vivienda y los lugares abiertos al público, incluidas las empresas, escuelas, proveedores médicos, etc., incluso cuando la conducta en cuestión está relacionada con COVID-19.
Además, bajo el LAD, un empleador, proveedor de vivienda o lugar de alojamiento público no debe discriminar y debe tomar medidas para detener tal acoso si lo sabe o si debería haberlo sabido.
Si cree que se violaron sus derechos civiles, presente una queja ante la División de Derechos Civiles.
Para obtener más información sobre sus protecciones contra el acoso o la discriminación relacionados con COVID-19, visite la Oficina de Preguntas Frecuentes sobre Derechos Civiles y COVID-19.
Empleo
Las protecciones de la ley LAD en el empleo significan, por ejemplo, que su empleador no puede despedirlo porque tosió en el trabajo y sospeche que tiene COVID-19. Y si tiene ascendencia oriental-asiática y un compañero de trabajo lo acosa repetidamente llamando a COVID-19 "el virus chino" o alegando que los chinos "causaron" COVID-19 o fueron responsables de la propagación, su empleador debe actuar y tomar medidas razonables para detener el acoso en cuanto tenga conocimiento del hecho, independientemente de si el acosador es un compañero de trabajo o supervisor, e independientemente de si la conducta de acoso tiene lugar en la oficina o electrónicamente. Finalmente, si su empleador despide a los trabajadores debido a COVID-19, no puede seleccionar los despidos en función de su raza, origen nacional, religión, edad, discapacidad o cualquier otra característica protegida por LAD.
Usted puede tener derecho a tomar un permiso de trabajo protegido por la Ley de Licencias Familiares de Nueva Jersey (NJFLA), impuesto por DCR, para cuidar a un miembro de la familia, o alguien que sea el equivalente de familia, que tenga una condición de salud grave, incluyendo un diagnóstico de COVID-19, o que haya sido aislado o puesto en cuarentena debido a la sospecha de exposición a COVID-19. También puede tener derecho a solicitar un permiso de trabajo para cuidar a su hijo si se ordenó el cierre de su escuela o lugar de atención debido a COVID-19.
Lugares abiertos al público
Los lugares abiertos al público, como tiendas e instalaciones médicas, no pueden discriminar en su prestación de servicios a ninguna persona por motivos de raza, discapacidad, religión, identidad o expresión de género u otras características protegidas por la ley LAD. Por ejemplo, es ilegal que un centro médico proporcione diferentes niveles de prueba o tratamiento de COVID-19 a pacientes blancos y negros por motivos de raza. Además, las tiendas de venta al por menor no pueden rechazar la entrada, sacar de la tienda o tratar de manera diferente, a un cliente que no pueda usar una cubierta para la cara debido a una afección médica.
Alojamiento
La prohibición de la discriminación y el acoso en viviendas basado en prejuicios significa, por ejemplo, que un propietario no puede pedirle a un inquilino que se mude porque tiene COVID-19 o porque el propietario crea que tiene COVID-19. Del mismo modo, un propietario no puede negarse a alquilarle una propiedad porque usted sea judío y diga que el pueblo judío es responsable de la difusión del COVID-19.
Para obtener más información o para presentar una queja, visite la División de Derechos Civiles, revise la orientación sobre Derechos Civiles y COVID-19 de DCR o llame al 973-648-2700.
Fecha de actualización: 20 de octubre de 2021
Fuentes: https://www.nj.gov/oag/dcr/downloads/fact_COVID-19.pdf; https://www.nj.gov/governor/news/news/562020/20200320e.shtml