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¿Están abiertos los negocios de fabricación y almacenamiento? ¿Qué precauciones de seguridad deben tomar?
Las empresas de fabricación y almacenamiento pueden permanecer abiertas y deben seguir los protocolos de distanciamiento social y seguridad requeridos detallados en la Orden Ejecutiva No. 122 y Orden Ejecutiva No. 192.
Requisito de uso de cubiertas faciales
Bajo la Orden Ejecutiva No. 192, todos los empleados, clientes, y visitantes deben llevar una cubierta facial mientras estén en las instalaciones, excepto cuando la persona sea menor de dos años o cuando sea impráctico, mientras se come, bebe, o se recibe un servicio que no puede realizarse con el uso de la cubierta facial.
Los empleados, clientes y visitantes que se nieguen a llevar una cubierta facial pueden ser denegados la entrada, excepto cuando hacerlo pueda incumplir una ley federal o estatal y siempre y cuando el empleador cumpla con la Ley de Estadounidenses con Discapacidades y la Ley en contra de la Discriminación de Nueva Jersey cuando corresponda.
Los empleadores pueden permitir a los empleados que se quiten la cubierta facial cuando estén en su puesto de trabajo al menos a seis pies de distancia de otras personas o cuando estén solos en un espacio cerrado como una oficina, o en el caso de que pudiera crear una situación de riesgo al operar un equipo o ejecutar una tarea. Los empleados deben proporcionar cubiertas faciales a sus empleados.
Para más detalles y exenciones, consulte la sección 4 de la Orden Ejecutiva No. 192.
Requisitos para proteger a los empleados y otras personas
A continuación se resumen algunos de los protocolos contenidos en la Orden Ejecutiva No. 122 y Orden Ejecutiva No. 192. Sin embargo, este resumen no reemplaza la necesidad de cumplir completamente con los términos de la OE 122 y OE 192, y las empresas deben leer la guía completa detenidamente para garantizar el pleno cumplimiento.
Los empleadores deben instituir las siguientes normas:
- Requerir a los trabajadores y a los clientes que permanezcan al menos a seis pies de distancia los unos de los otros, lo máximo posible;
- Los negocios pueden adoptar normas que requieran a los empleados el uso de guantes, además de la higiene de manos habitual. Si un negocio requiere a sus empleados el uso de guantes, el negocio mismo los debe proporcionar;
- Prohibir que visitantes no esenciales entren al lugar de trabajo;
- Escalonar los descansos para almorzar y los horarios de trabajo para minimizar la cantidad de personas en un sitio, así continuando las operaciones de manera segura;
- Restringir el número de personas que pueden acceder a áreas comunes como baños y salas de descanso al mismo tiempo;
- Limitar el intercambio de herramientas, equipos y maquinaria;
- Proporcionar materiales de desinfección aprobados para empleados y visitantes sin ningún coste;
- Asegurar que los empleados practican higiene de manos y proporcionarles con suficiente tiempo de descanso para ese propósito;
- Limpiar y desinfectar de manera frecuente las superficies de alto contacto de acuerdo con las directrices del DOH y de los CDC;
- Antes de cada turno, llevar a cabo controles de salud diarios, como los controles de temperatura, control visual de síntomas, verificación de auto-evaluación, y/o cuestionarios de salud, consistentes con las directrices de los CDC;
- No permitir a los empleados enfermos entrar en el lugar de trabajo y seguir los requisitos aplicables de las leyes de licencias y permisos;
- Notificar de manera inmediata a los empleados de cualquier exposición conocida a COVID-19 en el lugar de trabajo; y
- Limpiar y desinfectar el lugar de trabajo de acuerdo con las directrices de los CDC cuando un trabajador en el lugar de trabajo ha sido diagnosticado con la enfermedad de COVID-19.
Se pueden encontrar los requisitos detallados y exenciones para ciertos empleadores en el texto completo de la Orden Ejecutiva No. 192.
Fecha de actualización: 09/11/2020