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Soy un empleado público jubilado. ¿Cómo puedo ayudar al Estado con la emergencia COVID-19?
Para fortalecer la capacidad de la fuerza laboral pública de Nueva Jersey para así responder a COVID-19, el gobernador Murphy firmó una orden ejecutiva que permite a las personas jubiladas regresar al gobierno estatal y local para ayudar al Estado durante esta emergencia.
Según la Orden Ejecutiva, las personas jubiladas pueden regresar a ser empleados del gobierno estatal y local sin afectar sus pensiones de jubilación y elimina las restricciones sobre la capacidad de las fuerzas del orden de complementar temporalmente sus filas.
La orden también inscribe a estos empleados estatales recién contratados en el Plan Estatal de Beneficios de Salud (SHBP) inmediatamente después de su contratación. La inscripción de SHBP solo se aplica a los nuevos empleados estatales contratados en relación con los esfuerzos de respuesta de COVID-19.
Las personas jubiladas pueden regresar al empleo público en cualquier capacidad, incluso a tiempo completo, a tiempo parcial o como SLEO, siempre que:
- Las personas jubiladas se ha retirado antes de la fecha de la orden ejecutiva;
- Las personas jubiladas ha completado al menos una separación de 30 días de su empleo, desde la fecha de jubilación o la fecha de aprobación de la junta, lo que sea posterior; y
- El regreso de las persona jubilada al empleo es necesario debido a la pandemia de COVID-19.
Para obtener más información, consulte Orden ejecutiva No. 115 (https://nj.gov/infobank/eo/056murphy/pdf/EO-115.pdf)
Publicado / Actualizado: 6/4/20
Fuente: Orden ejecutiva No. 115 (https://nj.gov/governor/news/news/562020/approved/20200406b.shtml)
